El ayuntamiento asegura que no ha despedido a ninguna trabajadora municipal, "puesto que lo que se produjo fue la extinción de la relación de trabajo por cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación, los 65 años, luego no hubo despido, sí extinción del contrato".

De este modo responde a la Federación de Servicios Públicos de UGT-Extremadura, que el jueves informó que el sindicato había ganado una sentencia al consistorio por el despido improcedente de esta trabajadora municipal.

En una nota, el ayuntamiento señala que durante el procedimiento, la trabajadora, originaria de la República Dominicana, adujo no tener derecho a una pensión de jubilación al no haber cotizado el periodo mínimo, 15 años, a la Seguridad Social, por lo que, en el acto previo al juicio, se le ofreció la readmisión, que durará hasta el 2008, cuando ya tenga derecho a una pensión.

A pesar de todo, el juzgado entendió que debía entrar a valorar el asunto, resolviendo la extinción del contrato por jubilación como un despido improcedente.