Los trabajadores contratados por el ayuntamiento para la temporada de baño en las piscinas municipales reclaman al consistorio una mejora de las condiciones salariales. El colectivo demanda la retribución salarial correspondiente al ajustar todos los complementos según se establece en el convenio colectivo de los trabajadores municipales, así como mantener una igualdad de salario con los empleados que cumplen unas funciones similares.

En esta línea, los trabajadores de las piscinas indican que no se les ha retribuido todos los complementos a pesar de trabajar en días festivos. En un comunicado de prensa, recuerdan que el pasado 10 de junio el ayuntamiento hizo públicas las bases de convocatoria para la contratación temporal de cuatro enfermeros, 10 socorristas y ocho conserjes-taquilleros. En concreto, destacan que la contratación no se rige por ningún plan de empleo social y que los contratos son temporales, por ello, y según Ley del Estatuto de los Trabajadores, consideran que tienen "igualdad de derechos que los trabajadores con un contrato indefinido".

La portavoz municipal, Carmen Yáñez, aseguró ayer a preguntas de los periodistas que los trabajadores municipales que estén contratados por un periodo inferior a seis meses, como es el caso de los empleados de las piscinas, no están sujetos a todos los complementos que contempla el convenio colectivo. Por el contrario, apuntó que quienes tienen derecho a cobrar el cien por cien de los complementos salariales son los trabajadores contratados por un periodo superior al medio año. Yáñez asegura que a los empleados de las piscinas se les paga lo que les corresponde del salario base, según sea a jornada completa o media jornada, así como la turnicidad y los días festivos. "El gobierno no está cometiendo ninguna irregularidad porque a la contratación del personal le precede un informe técnico en función del tipo contrato", subrayó.

Por su parte, el colectivo exige al consistorio "retribuir de igual manera ante funciones idénticas sin tener en cuenta el nivel o categoría que legalmente se ostente". De lo contrario, apuntan, además de "contravenir" los artículos 14 y 23.3 de la Constitución Española, se estaría produciendo "un enriquecimiento sin causa a la administración, en este caso el Ayuntamiento de Mérida, debiéndose evitar todas aquellas situaciones de total desequilibrio".