La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta deberá pagar 64.497,07 euros más intereses por la expropiación de las parcelas de la denominada Huerta de Otero el 5 de octubre de 2016. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mérida ha tenido conocimiento de la sentencia, emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX). Según fuentes municipales, el fallo exonera del pago al consistorio emeritense y establece que es la Junta de Extremadura la que debe correr con los gastos.

La expropiación de las dos fincas urbanas se promovió al amparo de la Ley del Suelo de Extremadura. El Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida no admitió una primera solicitud de los propietarios en el año 2014 y la misma se reiteró en 2016 para pedir la valoración de los inmuebles. Ante el silencio de la Administración autonómica, los interesados interpusieron un primer recurso contencioso-administrativo. La sentencia se dictó el 18 de abril de 2018, ordenando al Jurado Autonómico de Valoraciones que procediera a tasar las dos fincas urbanas, sitas en la calle Ciñuelas.

El citado Jurado autonómico emitió un informe de tasación por importe de 64.457,60 euros, cantidad con la que inicialmente los propietarios no estaban de acuerdo, por lo que promovieron un nuevo recurso en el que solicitaban al Ayuntamiento de Mérida el pago de 234.844,58 euros más el premio de afección de 11.742,22 euros. El consistorio se opuso, ya que faltaba por determinar quién era la administración expropiante: la Junta de Extremadura entendía que debía ser el ayuntamiento, y viceversa.

Posteriormente, con fecha de 20 de mayo del 2019, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx emitió un auto en que instaba al ayuntamiento a dictar una resolución para explicar a los interesados los motivos en los que se basaba para alegar que la Junta de Extremadura debía ser la entidad expropiante. La resolución se adoptó en la Junta de Gobierno Local del 24 de mayo y los recurrentes, tras desistir del pleito anterior, interpusieron un tercer recurso contencioso-administrativo, esta vez solicitando el pago del justiprecio establecido por el Jurado Autonómico de Valoraciones a la Junta de Extremadura, que es quien finalmente deberá abonar las cantidades, según la última sentencia emitida.