El juzgado de Instrucción de Primera Instancia y nº 2 de Mérida ha declarado nula la expulsión del socio del Liceo Dionisio Blanco, acordada en una asamblea celebrada el 26 de diciembre en una asamblea.

Además, ha invalidado dos artículos de los estatutos sociales de la entidad, el número cinco, relativo a la pérdida del carácter de socio, y el número once, sobre la suspensión de los derechos de socio, "por falta de tipificación de las infracciones y de las sanciones anudadas a la misma y por ausencia de regulación de un procedimiento sancionador", según recoge el fallo judicial.

La sección tercera de la Audiencia Provincial, donde se presentó un recurso de apelación, ha confirmado en todos sus términos el fallo de la sentencia.

La expulsión del socio Dionisio Blanco estuvo relacionado por unas críticas en la prensa por el modo en que la directiva estaba gestionando la venta del edifico que alberga el Liceo.

Ayer, Dionisio Blanco tenía previsto presentar un escrito en el Liceo reclamando datos de la contabilidad de la sociedad en los dos últimos años y de la venta del edificio, que aún no se ha efectuado. Además, su abogado, Rafael Camps, pedirá la ejecución de la sentencia.