El Ayuntamiento de Mérida tan solo tiene registrados 33 perros considerados potencialmente peligrosos. A pesar de que se trata de una obligación, que contempla sanciones de hasta 750 euros para los propietarios que no tengan debidamente censados a sus animales, es una cantidad muy inferior a la población real de estos animales en la ciudad teniendo en cuenta que entran en esta categoría aquellos canes pertenecientes a razas, y sus cruces, como el pitbull, el american stanford, el bull terrier, el fila argentino, el presa canario, el rottweiler o el doberman, entre otros. Pero también de otras razas que cumplan con una serie de requisitos muy genéricos, detalladas en las normas reguladoras de ámbito nacional y autonómico.

Entre ellos se incluyen parámetros como el tamaño de la cabeza, la musculatura o el peso del animal. En este caso, se consideran animales potencialmente peligrosos aquellos con un perímetro torácico de más de 60 centímetros o que su peso supere los 20 kilos, algo que abre mucho el abanico.

No obstante, todos los perros, tanto los que se consideran potencialmente peligrosos como los que no, están obligados a inscribirse en la Oficina del Censo Canino, en la cual hay 659 animales en estos momentos. Los que no lo hagan podrán ser multados en las mismas cuantías anteriormente citadas, al entenderse como una falta leve. La diferencia entre unos y otros radica en que solo pueden ser propietarios de perros potencialmente peligrosos quienes obtengan una licencia que acredita expresamente a su tenencia.

Pero para ello debe reunir una serie de requisitos, con la acreditación del propietario, mediante un reconocimiento médico, de que está capacitado física y psicológicamente; no tener antecedentes penales en algunos supuestos, ser mayor de edad, o la contratación de un seguro de responsabilidad civil.

Estos requisitos están en vigor desde el 2004, año en el que se aprobó la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Circulación de Perros. Por lo general las autoridades no suelen reclamar de oficio la documentación que acredita que el animal está debidamente censado, pero los propietarios deben saber que la policía está obligada a hacerlo en el caso de otra persona presente una denuncia, por ejemplo, por incumplimiento de la la norma en lo que respecta a las condiciones en las que el animal se encuentra en la calle (bozal, correa, etc), por lo que desde el consistorio se hace un llamamiento para que todos los animales estén debidamente censados.