NUEVA ESTRUCTURA

--La Comisión de Gobierno pasa a denominarse Junta de Gobierno Local.

--Posibilidad que el pleno pueda crear la Comisión Especial de Sugerencias.

--Atribuir la presidencia a otros órganos colegiados, diferentes del pleno.

--Suprime el quórum especial de los 2/3, que pasa a ser mayoría absoluta.

ALCALDE

--Gana el trato de Excelencia, y pierde las competencias de convocar y presidir los órganos colegiados diferentes del pleno y la Junta de Gobierno.

--Pierde a favor de la Junta de Gobierno el desarrollo de la gestión económica y conciertos de operaciones de crédito, licencias y potestad sancionadora.