NUEVA ESTRUCTURA
--La Comisión de Gobierno pasa a denominarse Junta de Gobierno Local.
--Posibilidad que el pleno pueda crear la Comisión Especial de Sugerencias.
--Atribuir la presidencia a otros órganos colegiados, diferentes del pleno.
--Suprime el quórum especial de los 2/3, que pasa a ser mayoría absoluta.
ALCALDE
--Gana el trato de Excelencia, y pierde las competencias de convocar y presidir los órganos colegiados diferentes del pleno y la Junta de Gobierno.
--Pierde a favor de la Junta de Gobierno el desarrollo de la gestión económica y conciertos de operaciones de crédito, licencias y potestad sancionadora.