El Gobierno de Extremadura ha decidido ampliar hasta el 30 de junio, como medida de prevención de incendios forestales, la vigencia temporal para realizar el pastoreo controlado con ganado ovino en determinadas superficies acogidas a las ayudas a la forestación en tierras agrícolas en Extremadura.

La orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 11 de mayo de 2012, establece las condiciones para desarrollar, como medida de prevención de incendios forestales y eliminación de la vegetación en competencia con la forestación, actividades puntuales de pastoreo con ovino en determinadas superficies acogidas a las ayudas a la forestación en tierras agrícolas en Extremadura. El artículo 9 de la citada orden determina como períodos hábiles para la realización de este pastoreo los comprendidos entre el 1 de abril y el 31 de mayo y el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

En este sentido, el Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó el miércoles pasado una resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, en la que se señala que la abundancia de precipitaciones en los últimos meses ha provocado un importante desarrollo de estrato herbáceo, "incrementando de manera notable el riesgo de incendios estando próxima la estación estival".

XTALES HECHOSx hacen aconsejable la ampliación del plazo del primero de los períodos establecidos durante este año, con la finalidad de poder desarrollar la actividad de pastoreo con ovino en determinadas superficies acogidas a las ayudas a la forestación. El objetivo es eliminar la vegetación que pudiera actuar como combustible en un incendio y en competencia con la propia forestación, sustituyendo, en algunos casos, a los tratamientos culturales con medios mecánicos.

Por todo ello, la Dirección General de Política Agraria Comunitaria ha aprobado ampliar el plazo propuesto del primer periodo de la presente anualidad, hasta el 30 de junio.