La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha desestimado el recurso presentado por el sindicato CSI-CSIF contra el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Navalmoral sobre las pruebas selectivas para la propiedad de una plaza de inspector de policía.

CSI-CSIF estimó que el acuerdo aprobado en comisión de gobierno en noviembre del 2002 vulneraba una de las normas marco de las policías locales de Extremadura, por la que "a partir de la categoría de subinspector, el número mínimo de plazas por categoría inmediatamente inferior será de dos"; afirmando que puesto que el ayuntamiento cuenta con una sola plaza de subinspector, no puede convocarse la plaza de inspector.

Sin embargo el ayuntamiento relató la secuencia cronológica de la aprobación del presupuesto, la oferta pública de empleo y la convocatoria de las pruebas, comprobándose que el proceso se realizó antes de la entrada en vigor de la ley que cita el sindicato. Además se señala que la selección de todo el personal debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público.