El Tribunal Supremo (TS) no ha admitido el recurso de casación interpuesto por la familia de los tres hermanos menores de edad que fallecieron en 2004 ahogados en una charca de Navalmoral de la Mata.

El recurso de casación fue interpuesto por Domingo Jiménez y Emilia Romero contra la sentencia dictada en su día por la Sala de lo Contencioso-Administrativo nº1 de la Audiencia Nacional que fue desfavorable a la familia.

La familia reclamaba casi 400.000 euros al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata al considerar que no había actuado correctamente desde el punto de vista administrativo respecto a la charca a la que cayeron los niños que se ahogaron.

El recurso contencioso-administrativo fijaba que la charca no contaba con la licencia municipal pertinente y que el ayuntamiento debería haber paralizado las obras de la misma, que un particular había realizado sin solicitar la licencia, de forma "clandestina e ilegal", según ha explicado ayuntamiento.

En su día, la familia de los fallecidos acudió a los tribunales en contra del Ayuntamiento de Navalmoral y de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT).

Respecto al Ayuntamiento, presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial en abril de 2005 ante el Juzgado de Instrucción nº1 de Navalmoral de la Mata, reclamación que se cuantificaba en 395.959 euros.

Ahora, después de casi seis años de proceso judicial, el caso ha llegado a la más alta instancia, el Tribunal Supremo, que no ha admitido el recurso de casación de la familia.

Los hechos ocurrieron en abril de 2004 cuando tres hermanos de 12, 10 y 5 años fallecieron al caer a una charca situada en el término municipal de Navalmoral, resultado herido un primo de 6 años.