La Ley 6/1997 de Bibliotecas de Extremadura, una ley extremeña, aprobada por la mayoría que requiere el Estatuto de Autonomía, establece que la Biblioteca Regional de Extremadura se situará al lado de la Facultad de Biblioteconomía y Documentación en la Alcazaba de Badajoz (párrafo 4 de Exposición de motivos de la citada ley). Estos establecimientos de servicio público han sido costeados con el esfuerzo de todos los extremeños y por el mandato de sus órganos representativos. Pero la Facultad de Biblioteconomía y Documentación tuvo que esperar muchos años hasta que se hizo realidad una efectiva sede, en un lugar provisional cedido por la Diputación de Badajoz. Los esfuerzos de toda la sociedad extremeña, y particularmente afectando a la sociedad pacense, en este sentido, se prolongaron en el tiempo, y se aprobaron casi todos los requisitos legales, en una cierta voluntad política de intervenir en la Alcazaba, lo que generó cierto debate social, no ausente de críticas de diferentes sectores de la ciudadanía. No cabe duda que cualquier decisión en un momento de nuestra vida condiciona un resultado de esperanza; y aquellas decisiones directrices eran unánimes, en principio, por esperanzadoras para devolver a la vida pública al recinto árabe. Y la esperanza entraña cierta incertidumbre, como demuestra Espinoza en su famosa Etica . Hubo concurso público de proyectos que se ajustarían, más o menos, a las directrices aprobadas en ese consenso general de intervención en la Alcazaba, y salió vencedora la propuesta que posteriormente se llevaría a efecto. Resultado afectado por una decisión judicial reciente, producida por la necesidad de haber realizado un cambio en el nivel de protección de la Alcazaba, tal y como se hizo con el Palacio de Congresos, no realizado en este caso, quedando claro, tal y como dicen la sentencia 282/2003 del TSJE y la sentencia del 26 de octubre de 2006 del Tribunal Supremo, que no se contraviene la Legislación de Patrimonio Histórico español. Prefiero centrarme, brevemente, en las consecuencias económicas y en la toma de decisiones jurídicas en el sentido que explican Ott y Schaefer en su manual Análisis económico del Derecho civil . La economía, como no puede ser de otro modo, parte de la escasez de recursos económicos, condicionados, en cierta medida, por sus estructuras y toma de decisiones jurídicas. En este sentido, Extremadura es una región que no se destaca por ser una de las regiones más potentes, económicamente, de España, más bien al contrario. ¿Si en un país en el que están por hacerse muchas cosas elementales, se planteara destinar parte de sus recursos económicos a destruir lo que hay, ese país podrá algún día prosperar?, la respuesta no puede ser otra, que ese país acabará por perder, una oportunidad tras otra, la optimización de sus recursos económicos. Y con el esfuerzo económico de todos los españoles y extremeños no se debería jugar. La crítica es buena, es necesaria, porque no podemos decir a todo amén, o sí señor. Aprender de los errores es lo más natural y correcto. El conjunto histórico de la Alcazaba de Badajoz necesita que se centren los esfuerzos en acabar cuanto antes de recuperar el resto de su entorno. Pueden existir medidas ecológicas y de estética natural para fusionar vegetación y arquitectura, dando un aspecto más acorde con el entorno. ¿Acaso no hay zonas demasiado degradadas en la Alcazaba, con unas posibilidades enormes para su rehabilitación y recreación de ese paisaje extraordinario? ¿Por qué no convertir el Cerro de la Muela, otra vez, en el lugar de esplendor en las ciencias y en la cultura que fue, y que sepamos, como en la época de Malik al Tawaif? Pues como diría, en cierto modo, Gabriel y Galán en el poema Cara al cielo : "-¡jagan las bolas más chiquininas que así no mos pasan!".

*Exvicedecano de la Facultadde Biblioteconomía y Documentación