Estamos en la prehistoria de las nuevas tecnologías. No sabemos adónde nos conducirá la evolución de los fenómenos tecnológicos. Pero parece que en un futuro no muy lejano se impondrá la realidad virtual frente a la auténtica realidad. Un ámbito en el que han comenzado a vislumbrarse estos cambios es en la actividad monetaria y en la intermediación de pagos. La Banca ya ha comenzado a sufrir las consecuencias. En los últimos tiempos, apoyados en las nuevas tecnologías, están apareciendo movimientos sociales interesados en disputar a los Estados el poder de emitir moneda. Con este fin han surgido multitud de criptodivisas. Si se generaliza su uso, los gobiernos perderán uno de sus poderes tradicionales. Pero cabe temer que no pasará a ser detentado por los ciudadanos, sino por grupos financieros y multinacionales.

Las criptomonedas responden a la idea de magnitudes electrónicas que contienen en forma codificada y más manejable la representación de una divisa. Se generan mediante operaciones exponencialmente complejas que se resuelven con procesos tecnológicos de registro distribuido (DLT), a los que pertenecen las cadenas de bloques (blockchains). Son por tanto mero software. No están reguladas ni respaldadas por ningún Estado. Los creadores y promotores de su uso aspiran a alcanzar una solución descentralizada de los pagos y soslayar la intermediación de los bancos, lo que permitiría ahorrar costes en comisiones y burocracia.

Como el mercado se percibe prometedor, Facebook ha anunciado su propósito de emitir una nueva criptomoneda: la libra. Su objetivo principal es facilitar los pagos con teléfonos inteligentes aprovechando sus plataformas digitales (incluida WhatsApp). La idea es que esté en funcionamiento en el 2020 y que se convierta en una de las principales monedas. En principio se aspira a que su cambio esté próximo al euro y al dólar.

Dadas las redes digitales que controla Facebook, se ha criticado ya que la libra pronto podrá gozar de una posición de dominio en el mercado. Para evitar la situación de monopolio, la emisora pretende que la moneda esté controlada por una asociación de gigantes empresariales (entre los que entrarían Visa, Uber, Mastecard, etc.). Se buscará su estabilidad (stablecoin) mediante la creación de una reserva de activos de baja volatilidad, como depósitos bancarios y valores públicos de países solventes. Una empresa particular llamada Calibra gestionará a través de su propia aplicación informática la cartera o wallet de la moneda. Esta divisa no tendrá una producción limitada (el bitcoin tiene un límite de 21 millones) y tampoco podrá minarse, ya que su puesta en circulación dependerá de la cobertura que proporcione la reserva de activos.

Para la legislación de la UE, las criptomonedas no tienen la consideración de dinero de curso legal porque su emisión y circulación se mantiene al margen del régimen legal y no responde a la representación digitalizada de una moneda oficial. Aunque pueda ser un valor mobiliario, su tratamiento legal y fiscal es el de un bien mueble más.

La filosofía que subyace tras las criptomonedas es buena. Pero hay que tener en cuenta que solo son bits alfanuméricos. No están controladas ni respaldadas por ningún poder político. En las monedas virtuales que circulan ahora su valor depende de la demanda. Para la libra virtual se pretende soslayar este problema con la reserva de activos (funcionaría de forma semejante al antiguo patrón oro). Pero las dudas sobre quién controlará su crecimiento o quién valorará el fondo de activos no están resueltas. Además, cualquier crisis de las empresas que la controlan va a suponer movimientos especulativos a la baja. Y es casi seguro que se producirá una circulación anónima de la moneda para evitar las cookies y así impedir orientar la publicidad. Otro problema grave es que puede convertirse en dinero negro circulando por las redes sin control.

En definitiva: monopolio, especulación monetaria, anonimato, dinero negro, son demasiadas dudas como para, en principio, no calificar a la libra digital de producto de riesgo.

*Catedrático de Derecho Mercantil.