Hace pocas fechas venía publicada en el Boletín Oficial del Estado la creación de la oficina a la atención de la discapacidad en el ejército. Aprobada la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad en diciembre de 2006 por Naciones Unidas, entró en vigor en España en mayo de 2008, con el objetivo de dar confirmación al principio de la igualdad de todas las personas, promoviendo el respeto a su dignidad. Fue la ley 26/2011 de ámbito de todo el Estado la que llevó a cabo esa trasposición de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.

El artículo 4 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas desarrolla el principio de igualdad; y ya, concretamente, en su artículo 20.4, establece el reconocimiento del hecho de que el militar que se le reconozca una incapacidad que conlleve una limitación para ocupar determinados destinos, se le garantizará el principio de igualdad de trato en los destinos que pueda acceder.

Con la finalidad, entre otras, se ha puesto en marcha la denominada Oficina de Atención a la Discapacidad de las Fuerzas Armadas, con el fin de cumplir con esas exigencias legales, por un lado; y por otro, con dar valor a esas personas que, por circunstancias diversas, tienen una incapacidad. Según se establece esa Oficina va a servir de elemento catalizador y de referencia para llevar a cabo todas aquellas actuaciones tendentes a proteger y a apoyar a aquellas personas que tengan algún tipo de discapacidad en el marco del Ministerio de Defensa. Cuyo ámbito de actuación está referido, tanto a militares en servicio activo y reserva, o personal que se encuentre adscrito al referido Ministerio.

Me imagino que este tipo de organismos son necesarios por cuanto pueden ser, dentro de cualquier administración pública, referentes a los que dirigirse en la vía de la siempre reivindicación de marcos normativos existentes, y no siempre ejemplarizantes. Y con ser esto importante, quizás lo más decisivo sea la capacidad que esta Oficina tenga para poder servir de elemento de ruptura con praxis y comportamientos que se alejan de esa razón de ser de la sociedad de apoyar a aquellas personas, que, por circunstancias, tienen algún tipo de discapacidad.

Es su derecho y conforma, el respeto a ellos, parte de la dignidad que debemos de defender y proteger. A veces, se trata, de proponer meros protocolos de integración capaz, realmente, de hacer que la integración sea real y efectiva. Y que la sociedad reconozca su capacidad para que actúen en consecuencia y lo hagan, con igualdad y plena integración, en este caso, en el Ministerio de Defensa.

Con ser importante este paso, y teniendo en cuenta que la legislación para esa integración se ha demorado en exceso, ahora toca saber si existe, además del papel, que lo aguanta todo, en esas mismas dependencias se va llevar a cabo actuaciones para que de verdad se cumpla con el principio de accesibilidad en el más amplio sentido del término. Pues, a pesar de la firma de la Convención por nuestro país, y de la integración en nuestro derecho interno, son muchas las instituciones, gobiernos y organismos públicos que mantienen verdaderas barreras para que personas con discapacidad puedan acceder a los mismos.

Esperemos, por tanto, que esta Oficina de Atención a la discapacidad no sea una coartada para exponer lo que hacemos bien, sino sea un verdadero instrumento de trabajo, útil y eficaz para aquellas personas que conforman el personal del Ministerio de Defensa, y, esencialmente, del Ejército tengan a su mano un instrumento que les apoye y les sirva para hacer valer sus derechos y, sea fuente de sus reivindicaciones para todo aquello que haya que cambiar en aras del derecho a la accesibilidad universal de todas las personas con discapacidad.