El Gobierno acaba de modificar las condiciones laborales y económicas que deben tener las empleadas de hogar, un sector feminizado en un 90% y también constituido en buena parte por personas inmigrantes. A partir del 1 de enero, estas trabajadoras tendrán que recibir, en el peor de los casos, el salario mínimo interprofesional en 14 pagas anuales y su jornada laboral semanal no podrá exceder de 40 horas. La norma pretende poner fin a la secular discriminación laboral --tan honda que en muchos casos alcanza al menoscabo de su dignidad--, que sufre el sector.

Con todo, aún persistirán circunstancias discriminatorias a pesar del avance que supone la nueva legislación. El hecho de que este colectivo no tenga derecho a desempleo y de que su indemnización por despido sea de apenas 12 días por año trabajado, como si fuera un trabajador temporal a pesar de que su contrato sea de facto indefinido, lo sigue situando en un lugar subsidiario y ajeno a las conquistas laborales del común de los trabajadores.

De otra parte, el fraude y el subempleo es la relación más común entre empleador y la empleada de hogar. No existen datos rigurosos, pero los sindicatos señalan que la mitad de los que trabajan en el hogar por cuenta ajena (en Extremadura hay oficialmente 2.385 personas) no están en situación regular. La nueva ley no aborda de manera eficiente cómo atajar la economía sumergida, lo cual introduce la duda de que la legislación puede que no pase de ser un marco teórico deseable e inalcanzable para muchas mujeres que se ganan la vida con las tareas domésticas.