El niño de la localidad cacereña de Ahigal, Fabio Asensio, aquejado de insuficiencia renal además de otros problemas que le impiden su normal desarrollo, no tiene derecho a ser incluido en una lista de espera de trasplantes de riñón. Así lo ha dictado el Juzgado de lo Social número 3 de Plasencia, que en su día mandó al Servicio Madrileño de Salud que le hiciera nuevas pruebas porque entendía que, al excluirlo de la citada lista, se estaba vulnerando su derecho a la igualdad. Esas nuevas pruebas concluyen lo mismo que concluyeron las anteriores que motivaron el pleito: que Fabio no puede recibir un riñón, con la diferencia de que ahora el juzgado entiende que ya no hay vulneración de derechos. Es muy duro que una familia como la de este niño reciba dos veces, la segunda con el apoyo del juez, la negativa del sistema sanitario a ser incluido en una lista de espera de un trasplante. Porque la familia no exige que se le haga un trasplante a su hijo; lo que reclama es el derecho a tener ese derecho. Y que luego sean razones médicas, como en todos los trasplantes, que obligatoriamente van precedidos de una selección del receptor, las que determinen si se le practica o no.

Los médicos aducen razones para no incluir a Fabio como un posible receptor de un riñón. Y argumentan que la operación entraña riesgos importantes, además de no asegurar el éxito a medio plazo. Esos argumentos son muy respetables, pero no invalidan la pretensión de la familia de Fabio Asensio a que el Sistema Público de Salud reconozca que su hijo tiene derecho a un trasplante de riñón porque cumple algunos de los requisitos que se consideran básicos para ello.