WEwl Tribunal Supremo ha mandado a la Junta repetir el procedimiento por el que adjudicó nueve emisoras de radio en 1998. El alto tribunal llega a esta conclusión después de que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) procediera, en el 2002, a aplicar los criterios de puntuación que se especificaban en las bases del concurso y otorgara 8 de las 9 emisoras a empresa distinta a la que se le había adjudicado: precisamente a la recurrente, una sociedad vinculada al alcalde de Mérida, Pedro Acedo .

El Supremo avala el proceder del TSJEx, pero resuelve que en la nueva adjudicación se tenga en cuenta no a los afectados por el recurso, sino a los 43 concurrentes. "En caso contrario, dice la sentencia en su página 37, se vulneraría el derecho de igualdad". Esa es la razón por la que el tribunal manda resolver de nuevo el concurso.

Mientras tanto, la Junta interpreta la sentencia como si se tratara de un triunfo propio. De hecho, el secretario general técnico de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico, Pedro Barquero , "mostró su satisfacción" por el fallo del Supremo, una actitud que sólo se entiende si ha confundido la realidad con el deseo, puesto que el fallo del Supremo impone a la Junta la obligación de repetir un proceso del que se habría librado si hubiera hecho las cosas bien.

La satisfacción de la Junta por el fallo del Supremo viene --lo dice el propio Barquero--, porque anula la resolución del TSJEx, que como ya se ha dicho hizo una baremación propia. Aquello escoció tanto al presidente de la Junta que lo tomó como una intromisión: "que se quiten la toga y se presenten a las elecciones, si quieren gobernar", dijo Ibarra refiriéndose a los magistrados de la Sala de lo Contencioso que habían corregido las puntuaciones de su gobierno. Ahora, aunque no lo diga la Junta, el Supremo no sólo respalda aquel proceder, como se refleja en la página 35 de la sentencia, sino que añade que el TSJEx estaba obligado a hacerlo. De hecho, el Supremo ordena a la Junta a que resuelva el concurso también teniendo en cuenta "los criterios contenidos en la sentencia" del TSJEx.

Esta última advertencia es decisiva. Y ello porque algunas palabras de Pedro Barquero suscitan inquietud: concretamente cuando afirma que "la pluralidad informativa será criterio preferente" en las nuevas adjudicaciones. No era eso lo que se esperaba oír de la Junta, sino que esas nuevas adjudicaciones se llevarán a cabo por "estricto cumplimiento de la ley". ¿Porque de qué habla la Junta cuando invoca la ´pluralidad informativa´? ¿Tal vez tan alto propósito significa reparto de frecuencias entre empresas concurrentes? El fin de un concurso no es "repartir" el bien al que se opta, sino ajudicarlo conforme a la ley. Por eso, el "reparto" es una virtud engañosa: crea inseguridad y convierte la pluralidad en una ficción que aboca a los adjudicatarios no a ganar el concurso, sino a que se les conceda la licencia. Y ya se sabe lo que pasa cuando un derecho no se gana, sino que se otorga.