TLta Constitución reconoce el derecho de manifestación pacífica y sin armas. El Código Penal castiga las manifestaciones realizadas para cometer un delito y a las que se concurra con armas o instrumentos peligrosos. De las primeras responden los promotores u organizadores; de las segundas, quienes portaren tales instrumentos y los promotores que, conociendo tal circunstancia, no la evitaran.

Otras reuniones ilícitas no son delictivas; así, la no comunicación previa a la autoridad gubernativa. Ordenar perseguir a quienes se manifestaron ante sedes del PP y delegaciones del Gobierno está llamado al más estrepitoso fracaso: ni el objeto era cometer un delito ni nadie portaba instrumentos peligrosos. Ni consta quién organizó las reuniones.

*Catedrático de Derecho Penal