Dieciséis meses después de que el Partido Popular llegara al poder, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley de emprendedores, que incluye el cambio de criterio en la liquidación del IVA para los pequeños empresarios. Era una situación que clamaba al cielo, especialmente desde que la crisis disparó la morosidad. Aunque la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría presentara el texto como la respuesta --con hechos-- a las acusaciones de José María Aznar a la inacción del Gobierno, lo cierto es que ha sufrido un retraso notable desde su anuncio.

Dicho esto, no cabe la menor duda de que su contenido es positivo y supone un avance respecto de la situación actual, totalmente desequilibrada y perjudicial para quienes tienen clientes morosos y escasos medios para combatirlos, sobre todo los pequeños empresarios. A partir de enero del 2014, quienes facturen menos de dos millones de euros anuales no tendrán la obligación de liquidar el IVA de sus ventas mientras no las hayan cobrado.

Acogerse al principio de caja, no al de devengo, será voluntario, pero a cambio quien lo haga deberá estar al día con sus proveedores, una condición lógica a todas luces. Los inspectores fiscales calculan que la nueva ley generará una liquidez de 1.556 millones de euros para las pymes y los autonómos que puedan beneficiarse de ella, si bien sugieren que el límite debería ser 12 millones de volumen de negocios anual.

De esa forma, el disponible casi se duplicaría. Además, un tope más elevado podría soslayar el riesgo que ya han apuntado algunas fuentes de que las empresas que quieran mantener sus pagos atrasados se busquen proveedores que no puedan acogerse a la ley de emprendedores, lo que al final terminaría perjudicando a quien se quiere beneficiar.

El texto aprobado ayer incluye otros aspectos interesantes, no ajenos algunos de ellos a ese tejer y destejer al que nos tiene acostumbrados la política económica oficial, como volver a permitir la deducción del impuesto de sociedades de la parte de los beneficios reinvertida; o la enmienda a la anterior disposición del Gobierno para conceder la residencia a extranjeros que adquieran vivienda en España: el coste mínimo ya no serán 16.000 euros, sino 500.000; y, además, también servirá la compra de deuda pública española por un mínimo de dos millones.