Un juez ha desestimado la acusación de una mujer a su pareja por maltrato psicológico continuado durante dieciséis años al considerar que la demandante, al tener estudios, podía en ese tiempo haberle denunciado antes. El enfado que ha suscitado semejante resolución judicial ha sido, al parecer, mucho, pero hay quienes no han podido indignarse todavía al hallarse inmovilizados por la perplejidad, cual es, sin ir más lejos, mi caso, si bien a medida que examino el asunto me va entrando ciertamente, un sentimiento próximo a la ira que se alimenta con el clamoroso desamparo con que un juez, la Justicia en suma, puede condenar a una víctima.

Un juez puede, en uso de los atributos que la sociedad ha resignado en él, declarar culpable o inocente a un acusado, suspender el juicio, sobreseer el caso o, incluso, condenar a la otra parte por falsa denuncia si así se comprueba durante el proceso, pero lo que no puede es recriminar a nadie que denuncia un delito por considerar que se ha demorado en hacerlo, y mucho menos, exonerar de culpa al denunciado simplemente por esa circunstancia. Por lo demás, ¿qué diablos tiene que ver el nivel de estudios con las mistéricas e intrincadas relaciones de pareja? ¿Se autoriza a las que no pasaron de Secundaria, por ventura, a tomarse el tiempo que quieran para denunciar las sevicias que son víctimas, en tanto que a las licenciadas y a las doctoras se les exige denunciar en el acto? Pasma, en todo caso, que todo un juez, un tipo con estudios como él diría, tarde tanto en aprender que un delito es o no es independientemente del tiempo que la víctima se demore en denunciarlo.

*Periodista