La multiplicación de datos sobre escuchas telefónicas en la política catalana está causando estupor en la ciudadanía, cuya desconfianza en quienes rigen los asuntos públicos ya era grande antes de este lamentable episodio. Lo que va apareciendo --y lo que es de temer que aparezca-- afecta a personas concretas, pero también denota que la salud colectiva del país en cuanto a usos democráticos de sus representantes políticos presenta importantes anomalías. La justicia debe intervenir cuanto antes.

Lo que empezó siendo la filtración de la grabación de un encuentro privado de Alicia Sánchez-Camacho y la examante de Jordi Pujol Ferrusola sobre los negocios de este se ha ramificado de tal forma, ha implicado a tal número de personas y partidos y ha destapado un grado tal de extensión de la práctica de las escuchas ilegales que alguien debe intervenir para deducir responsabilidades por este nauseabundo espectáculo.

Y en primer lugar deben ser los jueces, en un doble sentido. Por una parte, sobre el aspecto formal pero de alcance más profundo, que es la protección del derecho a la intimidad, gravísimamente lesionado en este caso por parte, según todos los indicios, de personas vinculadas a una agencia de detectives que, de confirmarse las hipótesis más razonables, habría infringido de forma clamorosa la ley y lo que debería constituir su código deontológico. La inquietud por esta violación de un derecho fundamental como la privacidad crece exponencialmente cuando se sabe que los dosieres con información sensible, gráfica y sonora, obtenida de forma subrepticia son millares y que copias de los mismos obran en poder de un exempleado despechado. Y que no solo son sobre políticos, sino sobre jueces, fiscales y empresarios. Una transgresión a gran escala que permite sospechar que los encargos de espionaje tenían también múltiples orígenes.

El segundo aspecto sobre el que debe actuar ya la justicia es el fondo del asunto, es decir, los presuntos delitos que descubren o sugieren esas grabaciones. La forma ilegal en la que han sido obtenidas no puede implicar la protección de presuntos delincuentes. Sería una paradoja tan absurda como inaceptable. Los jueces deberán determinar de qué forma pueden actuar sin sustentarse directamente en esos documentos, es decir, sin que haya el riesgo de que al final la propia justicia determine la nulidad de las actuaciones por estar viciadas de origen.