Que no acabe de encontrarle el sentido ni verle la gracia, no significa que vea con buenos ojos el remedio de la prohibición y la multa. Y con ello me refiero a la propagación de ordenanzas municipales que contemplan sanciones de cientos de euros para quienes lleven disfraces y complementos en las despedidas de solteros que tengan la catalogación moral de indecorosos, como pueden ser la representación de pechos, vaginas o penes. Limitar en los espacios públicos el uso de altavoces, bocinas y pitos cuya finalidad no es otra que la de anunciar el fin de la soltería de un familiar o amigo, es una medida que trata de evitar perturbaciones y molestias físicas gratuitas al resto de los ciudadanos ajenos a la celebración del evento, pero cerrar la puerta y castigar la exhibición de figuras e imágenes que, al fin y al cabo, corresponden a determinadas partes u órganos del cuerpo humano, es algo más controvertido. ¿Habría que impedir el acceso a playas, piscinas o baños termales de personas que, por ejemplo, tengan tatuajes susceptibles de ser considerados como obscenos?