Un juez del estado de Oklahoma (EEUU) ha condenado a la industria farmacéutica Johnson & Johnson a pagar 515 millones de euros por propulsar la epidemia de opioides en ese estado. Cabe señalar que la sentencia tiene lugar al no conformarse Johnson & Johnson con un acuerdo extrajudicial, a diferencia de otras industrias farmacéuticas que sí aceptaron ese tipo de acuerdo. Se entiende pues, que cualquier industria farmacéutica requiere que ocurran enfermedades para poder vender sus productos, por lo que a mayor número de enfermedades, mayor número de fármacos vendidos. ¿Es socialmente responsable este fenómeno? Parece que sí.

Lo mismo sucede con la industria bélica: a mayor número de guerras, mayor número de armas vendidas, siendo también probablemente ético este fenómeno cuando de defenderse se trata o cuando fuera lícita la guerra. Es decir, hay industrias que existen solo porque existe algún tipo de mal, como, por ejemplo, la enfermedad. Por responsabilidad social, la industria farmacéutica debe satisfacer las demandas de la sociedad fabricando tantos fármacos como requeridos sean y sea quien sea el financiador. Sin embargo, también por esa misma responsabilidad, no deben incurrir a ese tan viejo como perverso concepto de la economía que es la demanda inducida (introducida ya en economía de la salud por M. Shain y M. Roemer en 1959): cuando un proveedor, actuando como agente del consumidor, provoca un consumo superior al necesario, por tener el proveedor un mayor nivel de información que el consumidor (asimetría de información) y usarla en beneficio propio. Esto es lo que encierra, en síntesis, la condena a Johnson & Johnson, lo cual se agrava, claro, cuando de lo que se trata es de calmar con opiáceos el dolor de los ciudadanos.