El pasado 27 de enero el Boletín Oficial del Estado publicó la derogación de la ley 16/ 2001 reguladora del Consejo Consultivo de Extremadura, por Ley 19/2015, de 23 de diciembre. Sobre este tema, ya pasado, desde el punto de vista histórico se ha debatido con cierta profundidad. En base, por un lado, a su conveniencia como ejerciente de un control de legalidad; y por otro, los que se inclinaron a su supresión sobre la necesidad de suprimir órganos que pueden incurrir en duplicidades, e incluso en temas de racionalización de las administraciones públicas. En sustitución del mismo se ha creado la Comisión Jurídica de Extremadura, constituida por Letrados o Técnicos Superiores de Especialidad Jurídica.

En multitud de ocasiones se ha cuestionado la existencia de esta especie de duplicidad de instancias y organismos públicos, a semejanza de pequeños estados, al albur del Estado Central. Pero claro, estos gobiernos territoriales en su acumulación competencial reproducen esquemas, sistemáticas y hasta coincidencias simultáneas de competencias. De ahí ese intento de reproducir en pequeño cada uno de los resortes de la Administración General del Estado.

Lo que parece interesante es el hecho, en aras siempre, a ese principio del buen uso del derecho de la responsabilidad de los cuerpos técnicos de las administraciones públicas de que actúen de acuerdo a su responsabilidad, sirviendo los intereses generales, bajo el principio de legalidad. Y en esta concepción es interesante hacer recaer estas nuevas competencias, que van desde convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades, reclamaciones de responsabilidad patrimonial -dependiendo de la cantidad-, hasta los recursos extraordinarios de revisión, etc.

Y todo ello, haciéndolo pivotar en torno a lo que muchos venimos comentando hace tiempo, en nuestro conocimiento de las administraciones públicas, la necesidad de que los que lideran, desde la política las instancias de representación y de decisión de este país, en todos los tipos de administraciones, de hacerse asesorar de todos aquellos técnicos, que la sirven. Para evitar, y dejarse de partidismo y sectarismos, cuando se gobierno, porque se hace para el conjunto de la sociedad. En esa dirección, si se es capaz, de veras, de otorgar ese papel a estos técnicos, estará, seguro, bien cubiertas estas competencias, en sustitución del anterior Consejo Consultivo.

Demasiados órganos e instancias existen ya duplicadas en este país, por doquier, y todas ellas incidiendo en los mismos ciudadanos, como administradores, y en los mismos pagadores, los ciudadanos. Pues, con nuestros impuestos, tenemos que hacer frente a todas aquellas administraciones que se duplican, y, en el peor de los casos, se triplican, resultando, a veces, verdaderamente incomprensible.

Así pues, vamos a ver cómo opera esta instancia de control de legalidad, y de garantías legales para los ciudadanos, que son los que con estas decisiones pueden verse afectados, en la mayoría de los casos, respecto a decisiones de las administraciones públicas. Porque no se trata de suprimir per se, sino de racionalizar administraciones y hacerlo, sin menoscabo de los derechos de los ciudadanos.