La Audiencia Provincial de Cáceres ha desestimado el recurso de apelación presentado por la ex alcaldesa de Plasencia Elia María Blanco para que el informe jurídico que ella encargó y realizó un bufete privado forme parte de la instrucción del caso de las presuntas irregularidades cometidas por el Ayuntamiento en las adjudicaciones de varias obras.

En el auto, con fecha 18 de octubre y recogido por Efe, la Audiencia Provincial da la razón al titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Plasencia en el sentido de desestimar que el citado informe forme parte de la investigación judicial que se lleva a cabo en la actualidad y en la que están implicados, además de la ex alcaldesa, cinco ediles y ex concejales socialistas y un constructor local.

El mencionado informe, en el que se explica cómo debe actuar en todo momento el interventor municipal y cómo debe documentar sus actuaciones, especificando cuál es la diferencia entre observaciones y reparos, fue encargado por la ex alcaldesa a un bufete privado, el cual ha girado una factura al Consistorio por importe de 17.700 euros.

Al recurso presentado por Elia María Blanco se adhirieron otros dos imputados, los ex ediles Pablo Sánchez del Mazo y Enrique Tornero y, a la vez, fue impugnado por el Ministerio Fiscal, el Partido Popular y el interventor municipal, Roberto del Olmo, al que el juez ha sacado del proceso, junto al secretario del Ayuntamiento, Antonio Santibáñez.

Es en la impugnación del interventor en la que la Audiencia se apoya para señalar que la alcaldía emitió una propuesta de gasto para el pago del informe. El interventor en su defensa, señala que Elia Blanco solicitó dicho informe "con cargo al erario público y en un claro beneficio y aprovechamiento propio".

Además, la Audiencia Provincial señala que el informe no es "pertinente, útil ni necesario", ya que se trata de un documento privado, preconstituido y de parte que no engarza con lo investigado.

De igual forma, el auto señala que cuando la defensa de la ex alcaldesa dice que el dictamen exculpa a su cliente, "está haciendo una afirmación aventurada y carente de sosten jurídico".

Por todo ello, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación interpuesto contra la providencia dictada por el Juzgado de Instrucción Número 4 de Plasencia de fecha 7 de julio, confirmando la citada resolución y declarando de oficio las costas causadas en la alzada.