La juez del juzgado de lo Penal ha dado la razón al exconcejal Félix Macías en su querella contra el sindicalista de la CGT Javier Caso por difundir un anónimo insidioso. La sentencia, con fecha del miércoles, condena a Caso a pagar una multa de seis euros al día durante 12 meses (2.190 euros) como responsable criminalmente de un delito de injurias. Además, considera a la CGT responsable civil subsidiaria, por lo que deberá indemnizar a Macías con 6.000 euros.

El fallo indica también que Caso deberá hacerse cargo del pago de las costas procesales y en caso de impago, establece como responsabilidad personal subsidiaria un día de arresto carcelario por cada dos cuotas impagadas.

La juez fundamenta la sentencia en que el sindicalista divulgó un anónimo que contenía, no juicios y opiniones --lo que entraría dentro del derecho a la libertad de expresión-- sino "un extenso relato de hechos de carácter afirmativo, que se asumen plenamente como veraces y cuya veracidad no ha sido probada". Además, y aunque reconoce que en el caso de Macías la protección del derecho al honor es más débil que en otras personas por ostentar un cargo público, advierte de que los hechos que se consignan como ciertos en el anónimo (enriquecimiento, arbitrariedad, aprovechamiento propio etc...) y las expresiones de Padre Apélez y de personajillo "son claramente deshonrosas, pudiendo perjudicar gravemente la fama, crédito y honra del afectado y máxime proviniendo de un representante sindical".

Con todo, la sentencia estima que Caso lesionó la dignidad de Macías al no haber observado "ni la más mínima diligencia para constatar los hechos difundidos", por lo que afirma que su ánimo fue el de injuriar al exedil y responsabiliza a la CGT por el perjuicio moral causado.