Los ciudadanos podrán intervenir en el próximo pleno ordinario --diez minutos por persona-- y en los sucesivos gracias a la aprobación, ayer por unanimidad, del reglamento de participación ciudadana, promovido por el edil Juan Carlos Herrero.

Es la primera vez que se regula la participación vecinal en las sesiones ordinarias en un reglamento que incluye también el derecho ciudadano a ser recibido en audiencia por el gobierno; la posibilidad de proponer la aprobación de proyectos o reglamentos; el derecho de realizar peticiones, que deberán ser respondidas en un máximo de tres meses y la obligación de la alcaldía de realizar una audiencia pública para explicar temas municipales, una vez al año.

Respecto a la intervención en los plenos, el texto recoge que habrá que solicitarla en la alcaldía por escrito con un mínimo de diez días hábiles previos a la sesión y el asunto deberá estar relacionado con alguno incluido en el orden del día de la sesión.

Si no es así, la alcaldía puede denegar la petición y también porque no sea de competencia municipal o se hubiera presentado en otra sesión. Si la acepta, el ciudadano tendrá diez minutos para intervenir, tras los grupos políticos y podrá ser contestado por el alcalde o concejal competente, sin derecho a réplica.