Antes del 1 de diciembre, todos los titulares de establecimientos comerciales deberán adaptar los rótulos, carteles o pancartas a las prescripciones de esta ordenanza". Es el plazo que la nueva normativa municipal sobre la colocación rótulos, vallas y publicidad exterior da a los empresarios para cambiar la imagen de sus comercios y acabar con el "caos" actual de rótulos que existe, sobre todo, en la zona centro, como lo ha calificado la propia concejala encargada de elaborar la ordenanza, Mónica García.

Aprobada ya en pleno, en cuanto se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, entrará en vigor esta nueva norma que, por lo que respecta a los rótulos en el casco histórico, admite solo un rótulo por fachada correspondiente al mismo establecimiento y solo paralelo a la fachada y en la planta baja y nunca perpendicular. Esto acabará con imágenes como las de la calle del Sol, donde abundan los rótulos perpendiculares a las fachadas.

En cuanto a las vallas, las instaladas en bienes de propiedad privada tendrán un plazo menor para ajustarse a la nueva norma, dos meses para que sus promotores realicen la solicitud y entreguen la documentación correspondiente. De lo contrario, deberán desmontarlas y retirarlas.

Esto es lo que hará el ayuntamiento con las vallas situadas en terrenos públicos. Una vez que entre en vigor la normativa, iniciará el expediente encaminado a esta retirada para celebrar después un concurso público por el que adjudique la concesión administrativa para instalar vallas en solares municipales.

Según el texto aprobado, para la instalación de rótulos, carteles y pancartas, será necesario solicitar la preceptiva licencia y prestar una fianza de 600 euros por cada rótulo. La caducidad de la licencia se producirá por el cierre del establecimiento.

En cuanto a las vallas, solo el ayuntamiento fijará los lugares donde puedan colocarse en terrenos municipales y para las instalaciones en propiedad privada, necesitarán licencia municipal con una fianza de 2.000 euros. Además, la ordenanza prohíbe cualquier tipo de anuncios o publicidad en fachadas de edificios, señales de tráfico, farolas, semáforos, árboles, papeleras y cualquier otro tipo de mobiliario urbano.

A esto suma que los soportes publicitarios no podrán provocar confusión con la señalización del tráfico y los luminosos no podrán producir deslumbramiento, fatiga o molestias a los usuarios de la vía pública.

La norma fija sanciones que van desde los 300 hasta los 2.000 euros y, en el caso de las infracciones leves, la sanción máxima será de 500 euros, si se incumple alguno de sus preceptos.

Como quedó claro en el pleno, el ámbito de aplicación de esta nueva norma es todo el término municipal, aunque el polígono llevará además una regulación específica con un directorio de empresas y solo estará excluida --como señala la propia ordenanza-- la publicidad electoral.