La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a los placentinos R.A.M., y J.P.A.F., padre e hijo, a tres años de prisión cada uno por un delito de apropiación indebida y a pagar la cantidad de 853.861,61 euros, más intereses, a una sociedad cooperativa a la que arruinaron como consecuencia de este delito.

La sentencia relata que en el año 1986, R.A.M., y otros socios crearon una sociedad cooperativa, asumiendo el aquel su administración económica. Diez años después, J.P.A.F., pasó a ocupar el cargo de director de la sociedad y constituyó a la vez una empresa constructora a la que posteriormente se contrató para construir una nave de la sociedad.

Así, se abrió una cuenta entre ambas empresas y, cuando en el 2000 la constructora atravesaba una situación económica grave, "se aprovechó para, a través de R.A.M., pagar la sociedad los débitos a proveedores y otras relaciones comerciales cuyo deudor era la constructora". La audiencia ve probado que estas operaciones se encubrieron y llevaron a la ruina de la cooperativa, por lo que condena a los acusados por un delito de apropiación indebida "en cantidad de notoria importancia y con abuso de confianza".