La juez del juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Cáceres ha desestimado el recurso presentado por un policía local contra el ayuntamiento contra el acuerdo de pleno por el que se suprimió la plaza que ocupaba de escolta de alcaldía y se le reasignó a agente de turnos.

La juez considera que la resolución estuvo "suficientemente motivada" en la innecesidad de protección ni chófer por parte del alcalde, frente a la necesidad de más agentes de turnos en la policía y que, por tanto, "concurre causa que justifique la remoción" y, además se tramitó "conforme a derecho". Por tanto, considera el acuerdo de pleno ajustado a derecho. La sentencia se puede recurrir ante el TSJEx.