PLAZOS

Las vallas en propiedad privada deberán legalizarse en dos meses o proceder a su retirada. Las instaladas en terreno público se retirarán y los rótulos, carteles y pancartas de establecimientos comerciales deberán estar adaptados antes del 1 de diciembre.

ROTULOS

En el casco histórico solo se permitirá uno por fachada y no perpendiculares a la fachada. Para instalar rótulos habrá que pedir licencia y prestar una fianza de 600 euros.

VALLAS

El ayuntamiento deberá autorizar siempre su instalación. En propiedad privada, previa solicitud de licencia y fianza de 2.000 euros y en pública, por concesión a través de concurso.

SANCIONES

El incumplimiento de la normativa conllevará sanciones que oscilan entre los 300 y los 2.000 euros.

AMBITO

La ordenanza afectará a todo el término municipal y solo estará excluida la publicidad electoral.