La tasa que se paga por la ocupación de suelo público para la instalación de vallas, carteles y otra señalización similar y por instalarse en los mercadillos de martes y viernes se modifica. Según destaca el ayuntamiento, a la baja, y con un doble objetivo, "no gravar al ciudadano y mejorar la recaudación al incluir servicios que hasta ahora no estaban recogidos en la ordenanza fiscal", en palabras del concejal de Hacienda, José Antonio Hernández.

Es el caso de la que regula los servicios urbanísticos, que se adapta a la nueva normativa y nomenclatura e incluye servicios que antes no se cobraran, como por ejemplo, las recalificaciones. La idea es "conseguir una organización recaudatoria más eficiente". En este apartado, destacan los cambios en la ordenación de la ocupación o aprovechamiento especial de terrenos de uso público, es decir, en la instalación de vallas y similares.

Actualmente, la tasa, de carácter anual, se fija en función de los metros cuadrados que ocupa la instalación y de la categoría de la calle donde se ubica. Oscilan entre los 69,60 y los 87 euros anuales por metro cuadrado. Una vez que se aprueben los cambios en la ordenanza fiscal, los precios serán fijos y no importarán ni los metros ni las calles, solo el tipo de señalización. Así, se pagarán 417 euros al año por las vallas; 69,60 por los carteles informativos fijos; 34,80 euros por las vallas protectoras y otro mobiliario urbano y 0,65 euros al día por las banderolas y otros soportes publicitarios con carácter temporal.

En cuanto a los anuncios luminosos, se mantiene el recargo del 100% sobre el precio inicial.

DE 14 MODALIDADES A 2 En cuanto al precio que los vendedores ambulantes deben pagar por instalar sus puestos en los mercadillos de martes y viernes, una vez que se ha aprobado la nueva ordenanza que regula el servicio, Hacienda completa los cambios con una modificación en la tasa. El concejal de Servicios Municipales, Luis Miguel Pérez Escanilla, ya subrayó que estaba obsoleta y era farragosa porque actualmente se incluyen hasta 14 modalidades distintas de tasa, la mayoría en función de los productos que venden.

Oscilan entre los 0,65 euros y 1,85. Ahora la ordenanza fiscal lo simplifica a dos categorías y valora a los productores de alimentos frente a los no productores. Los primeros pagarán 0,95 euros por metro o fracción al día y los segundos, que incluye a los no productores y vendedores de textil, bisutería, complementos y otros, 1,85 euros por metro o fracción al día.

El concejal informó ayer de los cambios a la oposición y los llevará al pleno del día 30.