Primero fue diciembre, después se habló de junio y finalmente es abril el plazo marcado para que los industriales y comerciantes adapten sus negocios a la nueva ordenanza reguladora de la instalación de rótulos y publicidad exterior en la ciudad, que pasará mañana por el pleno para su aprobación definitiva.

También se resolverán las cuatro alegaciones presentadas por colectivos y empresarios a título particular en el periodo de treinta días que abrió el ayuntamiento el pasado 6 de mayo, después de que la ordenanza se aprobara de forma provisional en el pleno del mes de abril.

La concejala de Patrimonio, Mónica García, ha explicado que la comisión informativa de Patrimonio ha estudiado ya las alegaciones y, en consenso con el PP y UPEx, ha decidido estimar una de ellas, que hacía referencia a la fianza previa que los comerciantes deben depositar a la hora de solicitar la instalación de los rótulos, que ha pasado de los 600 euros propuestos inicialmente a 300 euros.

También la comisión decidió fijar el mes de abril como plazo para adaptarse a la nueva normativa. Por lo que respecta a los rótulos en el casco histórico, la ordenanza admite solo un rótulo por fachada correspondiente al mismo establecimiento y solo paralelo a la fachada y en la planta baja y nunca perpendicular. Esto acabará con imágenes como las de la calle del Sol, donde abundan los rótulos perpendiculares a las fachadas.

En cuanto a las vallas, los promotores de las instaladas en bienes de propiedad privada tendrán que realizar una solicitud para adaptarse a la nueva normativa y entregar la documentación correspondiente. De lo contrario, deberán desmontarlas y retirarlas. Respecto a las vallas situadas en terrenos públicos, una vez que entre en vigor la normativa, el ayuntamiento iniciará el expediente encaminado a su retirada para celebrar después un concurso público por el que adjudique la concesión administrativa para instalar vallas en solares municipales.

Solo el ayuntamiento fijará los lugares donde puedan colocarse en terrenos municipales y para las instalaciones en propiedad privada, necesitarán licencia municipal con fianza. Además, la ordenanza prohíbe cualquier tipo de anuncios o publicidad en fachadas de edificios, señales de tráfico, farolas, semáforos, árboles, papeleras y cualquier otro tipo de mobiliario urbano.

A esto suma que los soportes publicitarios no podrán provocar confusión con la señalización del tráfico y los luminosos no podrán producir deslumbramiento, fatiga o molestias a los usuarios de la vía pública.