TLtas entidades locales menores cumplen una importante función social y comunitaria. Aunque de orígenes diversos, a lo largo de la historia han venido constituyendo una forma primaria de organización municipal para satisfacer necesidades vitales de los vecinos. Hoy en día son administraciones integradas en un municipio, con cierta autonomía y algunas competencias para gestionar intereses y recursos específicos, para lo cual gozan de personalidad jurídica plena, pero carecen de capacidad impositiva.

El Gobierno, en el anteproyecto de la Ley sobre la reforma local, preveía en un principio la desaparición de estas entidades locales, porque se consideraba que su existencia suponía una duplicidad administrativa. Ante el malestar generalizado, se ha modificado el proyecto y, ahora, aunque se conservan, se pretende someterlas a un régimen estricto de viabilidad. Así, se las quiere privar de personalidad jurídica como Administración. Y, para continuar existiendo, se exigirán unos parámetros de rentabilidad o de eficiencia en la gestión de servicios públicos.

Somos de la opinión de que hay casos en que no siempre una sociedad eficiente es una sociedad más justa. Lo fundamental es la eficacia en la resolución de los problemas de los ciudadanos, de ahí que a veces se necesite tener más a mano el ente administrador.

Además, su desaparición constituiría una auténtica contradicción. Si la Unión Europea está haciendo esfuerzos para fijar la población en el medio rural, no puede entenderse que se supriman estas entidades. Provocaría una desafección absoluta de la gente joven, que no podría gestionar sus recursos agrícolas, ganaderos o forestales, principal razón de ser del nacimiento de muchos de estos entes locales.

Las entidades locales menores, independientemente de su rentabilidad, deben seguir prestando servicios a los ciudadanos, sea para fijar la población, sea para gestionar de una manera mejor y más racional sus recursos. Porque, si hablamos de eficiencia, ¿qué decir del Senado?