La Junta de Extremadura ha acordado «no otorgar» la calificación urbanística solicitada por la productora del cantante placentino Robe Iniesta para un complejo de agroturismo en una finca situada en la sierra, tras El Espartal. La decisión es pública porque la junta de gobierno municipal lo trató el 9 de julio para darse por enterada, aunque el arquitecto contratado por la productora ha anunciado que se recurrirá y que presentó dos proyectos y el segundo, situado en una finca de mayores dimensiones, «sigue su camino sin problemas».

Así, el arquitecto Juan Antonio Álvarez ha recordado que existen dos procedimientos para dos proyectos en dos fincas diferentes. En una estarían ubicadas cinco casas rurales con huertos para cultivo como experiencia turística y en otra, otros cinco.

La Junta ha señalado que no puede facilitar información más que al ayuntamiento y los promotores, pero Álvarez ha explicado que el motivo de desautorizar la calificación de uno de los proyectos es que el Plan General Municipal de Plasencia establece que, en suelo rústico, «no se puede edificar por encima de la cota 500» y, en este caso, «unas casas estarían por encima de esa cota».

Pero apunta que otras «estarían por debajo y además, afirma que «en el plan general no queda claro por dónde va la cota y hay precedentes de construcciones en Plasencia por encima de esa cota».

Por tanto y dado que tienen un mes para recurrir la decisión de la Junta, lo harán. «Vamos a presentar una medición por GPS para que quede claro dónde está la cota 500» y señala además que se podría modificar el proyecto bajando de esa cota las casas que estuvieran por encima. Así, «estamos trabajando en ello para que siga adelante».

Por otro lado, ha destacado que el segundo procedimiento de calificación urbanística continúa los trámites favorablemente, «a pesar de los informes negativos del ayuntamiento».

El alcalde, Fernando Pizarro, anunció en octubre del año pasado que los informes técnicos eran negativos porque no se ajustaba al PGM al plantear las casas rurales «en terreno no urbanizable de protección ambiental». Álvarez apuntó sin embargo que el suelo estaba calificado como paisajístico, con un uso terciario, es decir, «compatible» con el uso hotelero y de casas rurales previsto.