Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, queda aprobado, definitivamente, el reglamento municipal regulador de la cesión temporal de edificios públicos municipales de Monesterio. Se trata, según el texto publicado, de reglamentar el uso de recintos y edificios de titularidad municipal, susceptibles de albergar actividades, o eventos, organizados por asociaciones, colectivos, y, en general, quienes tengan necesidad de un local para realizar actividades concretas de interés público o social.

El objetivo de esta normativa se fundamenta en la necesidad de propiciar el uso compartido de lugares comunitarios y de encuentro, entre vecinos, asociaciones, colectivos y demás elementos integrantes de la vida del municipio. También se pretende facilitar la puesta en marcha de programas y actividades de carácter cultural, informativo, formativo, educativo, o lúdico, que organicen quienes soliciten la utilización de alguno de estos espacios.

El reglamento se refiere, explican desde el ayuntamiento, a “todos los espacios de propiedad municipal, dispuestos para acoger actividades” como cursos, talleres, conferencias, reuniones de asociaciones con otros grupos, vecinos, o peñas; exposiciones de actividades, dinamización orientada a la población, actividades lúdicas y deportivas, así como actividades de promoción empresarial o turística. Entre otros edificios se incluye la propia casa de la cultura, sus aulas, auditorio y salas, así como el Pabellón de Cristales, o el Pabellón Multiusos.

Exenciones

ExencionesLa tarifa que deberán satisfacer quienes soliciten estos espacios, está regulada por una ordenanza propia, que fue aprobada por la Corporación Municipal, el 29 de mayo del pasado año. En la misma se establece una cuota de 100 euros al día, para actividades sin finalidad lucrativa, y 150 euros/día, con finalidad lucrativa. En ambos casos se ha establecido una fianza obligatoria de 100 euros. Tal y como recoge el propio reglamento, estarán exentas de abonar estas cuotas, las “entidades e instituciones estatales, autonómicas y locales”, así como las “asociaciones locales”, siempre y cuando “cumplan con los requisitos de estar inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.

Las solicitudes de espacios deben realizarse a través del Registro General del Ayuntamiento, indicando, entre otros datos, los del solicitante responsable de la actividad, descripción de la misma, fecha y duración del uso, previsión de aforo, necesidades técnicas, finalidad, así como una declaración expresa de velar por el buen uso de las instalaciones.