El alcalde de Ceclavín, Pedro Martín González Mirón, no podrá ocupar ningún cargo ni empleo público en 8 años y siete meses y tendrá que pagar una multa de 3.420 euros. Ya no puede eludir esta condena que le impuso a finales de julio pasado el Juzgado de lo Penal de 1 de Cáceres, que le declaró autor responsable de un delito contra la ordenación del territorio, y que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Cáceres. Hay que recordar que tras la primera sentencia Pedro Martín solicitó la baja voluntaria de su partido, el PSOE.Tras el juicio y la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal, Pedro Martín recurrió dicho fallo antes la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres, que ya ha resuelto, dictando una sentencia desestimando su recurso y confirmando la condena del Juzgado de lo Penal.La Audiencia indica además que Pedro Martín ya no puede recurrir esta sentencia.Los hechos por los que el alcalde de Ceclavín es condenado, según recogen las sentencia, es por la concesión, entre mayo del 2006 y abril del 2007, de cuatro licencias de obras "manifiestamente contrarias a las normas urbanísticas‡", cuando la falta de legalidad "era plenamente conocida‡". En todos los casos las construcciones eran en zonas no urbanizables. Tras la primera condena Pedro Martín solicitó la baja voluntaria del partido socialista.