La Guardia Civil de Cáceres sorprende al conductor de un vehículo articulado, circulando con una tasa de alcohol 9 veces superior a la permitida, según informe aportado a este periódico, a través de nota de prensa

El pasado día 20 de agosto, agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, interceptaron a un vehículo articulado, a la altura del kilómetro 427’000 de la autovía A-66, que recorre el tramo Gijón-Sevilla, en el término municipal de Baños de Montemayor, que circulaba sentido Sevilla, tras haber sido alertados por un usuario de la vía, a través del teléfono de emergencias 112, de que un camión circulaba de manera anómala, invadiendo los dos carriles de circulación.

Inmediatamente se puso en marcha un dispositivo para aclarar dicha llamada de alerta ciudadana y, una vez localizado el vehículo en cuestión, pues la evidencia de su anómala conducción lo delataba, los agentes lo detienen y proceden a la realización de las correspondientes pruebas de detección de bebidas alcohólicas a su conductor, un varón de 48 años de edad, de nacionalidad brasileña, que dio como resultado un tasa de alcohol en aire espirado de 1’33 miligramo por litro, es decir, conducía superando 9 veces los límites de alcohol legalmente establecidos para conductores profesionales que es de 0’15 mg/l en aire espirado, motivo por el que la Guarida Civil procedió a su inmediata detención como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, consistente en haber conducido un vehículo a motor superado las tasas de alcoholemia legalmente establecidas.

Una vez puesto a disposición judicial y celebrado el correspondiente juicio rápido, el conductor ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Plasencia, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de 8 meses de multa y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de veinte meses, así como al pago de las costas procesales causadas.