Casi 5.000 euros tendrá que pagar la empresa Tiétar-Bazagona Aridos y Transportes SL por dos extraciones de áridos realizadas sin autorización en el cauce del río Tiétar. Así lo resuelve la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que declara probada la existencia de sendas infracciones, pero calificándolas de leve, y no graves como lo hizo la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT). Esto ha supuesto que las sanciones impuestas en su día por la citada confederación, por importe de 40.609 euros, se hayan visto reducidas a 4.964 euros.

Los hechos por los que Tiétar-Bazagona ha resultado condenada datan del 10 de julio y el 19 de noviembre del 2007, fechas en las que habría extraído sin autorización 100 y 150 metros cúbicos, respectivamente, del río Tiétar. En ambos casos la CHT calificó las infracciones como "menos grave" y se impusieron sanciones de 19.758 y 20.851 euros.

Contra ambas sanciones interpuso la empresa afectada recursos ante el TSJEx, cuya Sala de lo Contencioso-Administrativo los ha estimado, en el sentido de calificar las infracciones como leves y, por tanto, bajar la cuantía de las sanciones. La empresa tendrá que pagar en total 4.964 euros, además de tener la obligación de acondicionar las zonas del río en las que actuó sin permiso.