El Ayuntamiento de Trujillo aprobó en la última sesión plenaria una ordenanza, de manera inicial, que regula el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad, dada la reciente aparición y la proliferación de nuevos medios de transporte urbano.

De esta manera, el texto de la normativa justifica su elaboración basándose en que «las nuevas tecnologías han favorecido la aparición de soluciones de movilidad urbana que favorecen los desplazamientos peatonales que rompen la tradicional división entre peatón y vehículo de motor».

En consecuencia y dado que hasta el momento no se cuenta con un espacio propio en las vías, los VMP generan, en ocasiones, situaciones de riesgo al compartir espacio con los demás usuarios.

Entre las características más destacadas en el uso, se encuentra que, al no considerarse un vehículo de motor, tampoco es exigible contar con una autorización administrativas para circular con él, aunque sí se tendrá en cuenta la edad de los usuarios.

Los VMP que incluye la norma se agrupan en tres clases, la primera comprende patinetes pequeños y ligeros, la segunda, los de mayor tamaño y la tercera a los de más de dos ruedas, a los destinados a explotación económica o al transporte de mercancías.

Cabe destacar que la velocidad puede ser un elemento determinante en el uso de este tipo de vehículos, entre los que se encuentran el patinete, el segway, hoveboard y autoequilibrados, que en este caso estaría delimitada entre los 6 y los 25 km/h.