El alcalde de Trujillo, asimismo diputado provincial por el PSOE, José Antonio Redondo, tendrá que realizar durante 40 días trabajos en beneficio de la comunidad y pagar casi 2.300 euros en multas. Estas penas, además de la perdida del permiso de conducir durante un año y medio, es lo que le ha supuesto al edil trujillano conducir ebrio la noche del pasado 16 de abril.

Redondo, que el pasado lunes se sentó en el banquillo de los acusados del Juzgado de lo Penal de Cáceres para responder del delito contra la seguridad del tráfico y del delito de desobediencia a la autoridad que le imputaba el Ministerio Fiscal, ha resultado condenado.

El juez le declara en su sentencia, hecha pública ayer, culpable de un delito contra la seguridad del tráfico (conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas), por el que le condena a las penas de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por un tiempo de un año y seis meses, el pago de una multa de 2.738 euros y 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

Respecto al delito de desobediencia a agentes de la autoridad que se le imputaba y por el que el Ministerio Fiscal solicitaba para el alcalde una pena de seis meses de prisión y la inhabilitación para el desempeño de empleo o cargo público también durante seis meses, el juez le absuelve. Le declara culpable, sin embargo, de una falta de desobediencia a los agentes de la autoridad, por la que le impone de pena una multa de 525 euros.

LOS HECHOS El juez titula del Juzgado de lo Penal de Cáceres declara probado en su sentencia que del pasado 16 de abril, y sobre las 23.15 horas, José Antonio Redondo Rodríguez circulaba en un vehículo Renault Velsatis, propiedad del Ayuntamiento de Trujillo, por la carretera Ex-208, dentro del casco urbano de la ciudad de Trujillo, "después de haber ingerido alcohol en la cantidad suficiente para incapacitarle física y psíquicamente para la conducción".

Probado también que dos agentes de la Guardia Civil que advirtieron que conducía hablando por un teléfono móvil y a una velocidad anormalmente lenta, le dieron, mediante las luces luminosas rotativas del vehículo oficial, la orden de detener el vehículo para ser denunciado por la comisión de una infracción administrativa grave, pero él no detuvo el vehículo. Ante este hecho, se añade en la sentencia, los agentes le siguieron con las luces rotativas encendidas y dando ráfagas con las luces del vehículo oficial, durante casi un kilómetro, hasta que Redondo llegó a su domicilio.

En ese momento, cuando los agentes le comunicaron que iba a ser denunciado por la anterior infracción y le solicitaron el permiso de conducir y la tarjeta técnica del vehículo, "percibieron que olía a alcohol de manera notoria a distancia, tenía el habla pastosa y no mantenía la verticalidad del cuerpo", y que presentaba además "rojeces en mejillas y nariz, ojos brillantes y pupilas algo dilatadas", motivo por el que solicitaron la presencia del Equipo de Atestados para la realización de la prueba de alcoholemia y requirieron en varias ocasiones al acusado que no se moviera del vehículo.

Pese a ello, se concluye, José Antonio Redondo "entró en su domicilio, donde permaneció unos minutos, obligando a los propios agentes a llamarle para que saliera cuando llegó el Equipo de Atestados". Practicada la prueba de alcoholemia, esta arrojó un resultado de 0,79 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la primera, a las 23.38 horas, y de 0,64 en la segunda, realizada a las 00.34.