La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX), ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el ayuntamiento de Cabezuela del Valle, acordando que la administración municipal debe continuar abonando a los recurrentes --funcionarios municipales-- el incremento retributivo, aprobado por acuerdo plenario de la corporación municipal celebrado el día 30 de marzo de 2009, hasta tanto se anule, en su caso, el citado acuerdo, según recoge una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso este diario, fechada el pasado día 16 de abril.

Por otra parte la sentencia en cuestión recoge que el objeto del presente juicio contencioso-administrativo es, en definitiva, la pretensión de los recurrentes de que se les abonara la subida salarial acordada por el pleno del ayuntamiento de Cabezuela del Valle, hasta que formalmente fuera suspendido dicho acuerdo, "lo que ha tenido lugar en fecha 9 de julio de 2012", por lo que es claro que el recurso no puede entenderse en cuantía indeterminada, "sino perfectamente determinable y de cuantía inferior a treinta mil euros".

El recurso es planteado de forma conjunta por varios trabajadores, por lo que es de aplicación la regla prevista en la legislación vigente "de tal forma que para determinar la cuantía, a efectos de apelación, a de atenderse al valor económico de la pretensión deducida por cada uno de ellos, y no conjuntamente".

Por su parte el alcalde, Julián Pérez Rey, se limitó en la tarde de ayer a decir que el ayuntamiento acatará la sentencia, "como no puede ser de otra manera".

Por último contra el veredicto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo "no cabe recurso ordinario alguno".