El Juzgado de lo Penal de Cáceres ha condenado a un vecino de Cáceres a siete meses y medio de prisión y a cuatro días de localización permanente por un delito de maltrato familiar, otro de amenazas y otra falta de amenazas proferidas contra su exmujer, a la que además no podrá aproximarse a menos de 500 metros durante dos años, siete meses y quince días, según establece una sentencia hecha pública ayer.

Previamente, el mismo individuo, D. R. C., había sido condenado a seis meses de prisión por quebrantar la medida cautelar impuesta por el juzgado de aproximarse a menos de 500 metros o comunicar con su exmujer, a la que a pesar de ello telefoneó.

Cuando ocurrieron los hechos, el condenado vivía en la casa de su ya exmujer de forma temporal. Ella le había permitido vivir en la misma vivienda por las depresiones que él padecía a pesar de que ya estaban divorciados. Un día ambos se enzarzaron en una discusión e insultos mutuos, durante la cual él forcejeó con ella agarrándola de la ropa, zarandeándola y sujetándola contra la pared.

No cesó de su actitud hasta que llegó su hija y dijo que llamaría a la policía. Ante esta situación, la mujer obligó a su exmarido a abandonar la casa, lo cual hizo pero al marcharse "dijo que no las había matado hoy, que ya las matará mañana".

Como el marido se había llevado las llaves del domicilio, madre e hija pasaron la noche en casa de unos vecinos y la mujer resultó con una lesión cervical leve.

Tras este suceso, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer impuso una medida urgente al hombre de alejamiento e incomunicación con su exmujer. Dicha orden la quebrantó días después al telefonear al móvil de ella, con la que no llegó a hablar pero sí lo hizo con su hija, a la que instó a pasarle con la madre o "se acordarían de él". Por este quebrantamiento, el juzgado le ha impuesto otros 6 meses de prisión.