La ordenanza reguladora numero 7 aprobada por el Ayuntamiento de Coria en lo que se refiere a las terrazas de establecimientos de hostelería recoge que solo se permite como elementos de cubrición toldos y sombrillas Así también se detalla que en el perímetro e interior de la muralla solo se admitirán sombrillas o aquellos elementos autorizados por la regulación específica. Por otro lado, si la terraza se extendiera más allá de la fachada del inmueble en el que se ubica el local, deberá solicitarse a los propietarios del inmueble para que aleguen lo que a su derecho convenga. Además, cuando la retirada de la terraza instalada sin autorización se efectúe por personal municipal, se repercutirán al infractor los costes. H