La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Cáceres por la que se declaraba al Ayuntamiento de Arroyo de la Luz (Cáceres) responsable de la muerte del policía local Cándido Carrero Collado. Este agente perdió la vida el 13 de abril de 2009 al ser arrollado por un caballo durante las tradicionales carreras que se realizan en las fiestas del Día de la Luz.

Ya en primera instancia, el magistrado Mariano Mecerreyes, titular del Juzgado de lo Social 1, declaraba la existencia de responsabilidad empresarial, en este caso del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, "por falta de medidas de seguridad en el trabajo" de las que se derivó el accidente laboral sufrido por su trabajador, el policía local, "y que le costó la vida". Y resolvía en su sentencia, de fecha 13 de mayo del 2010, la procedencia de imponer un recargo del 30% a cargo del ayuntamiento en las prestaciones se Seguridad Social que correspondiesen por dicho siniestro laboral.

Contra esta sentencia interpuso recurso ante instancias superiores el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, pero la Sala de lo Social del TSJEx ha desestimado su recurso y confirmado el fallo judicial.