Desde el pasado 1 de junio Extremadura se encuentra en época de peligro alto de incendios, según orden de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, a través del Plan Infoex.

En esta orden nos indica la obligación de adoptar las siguientes precauciones generales:

- En los vertederos, en ningún caso podrán encenderse y deberán estar rodeados por una faja cortafuegos de 20 metros de ancho. Si se produjera combustión en su interior, se vigilará hasta su extinción o sellado por el titular.

- Respecto a las líneas eléctricas, los titulares de tendidos eléctricos revisarán y prevendrán el contacto directo con la vegetación, el riesgo de rotura en sus conductores; sobrecalentamientos en sus componentes; y el riesgo de electrocución de fauna en sus apoyos, elementos y accesorios. Esto también debe aplicarse a las instalaciones eléctricas temporales en campo.

-En cuanto a las cosechadoras, segadoras, empacadoras, maquinaria de orugas, tractores con gradas, aperos o implementos, motosierras, desbrozadoras y cualquier otra herramienta o máquina, deberán cumplir las siguientes precauciones:

- Estado correcto de la maquinaria, herramienta, y apero o implemento.

- Llevar un extintor de polvo o análogo para sofocarlos en caso de que se incendiasen.

- Evitar los impactos de acero o hierro contra piedras o rocas.

- Tener medios de extinción en el lugar de trabajo, tales como batefuegos o extintor de mochila con 15 litros de agua para sofocar incendios incipientes. Se vigilará el área de trabajo de la actividad con riesgo hasta una hora después.

- Elegir la técnica con menor riesgo de ignición, por ejemplo: tránsito con ruedas mejor que con orugas; corte de metal con cizalla menor que con disco; uso de hilos y cuchillas plásticas en motodesbrozadoras, etcétera.

- Las salidas de humos de chimeneas, contarán con matachispas u otros dispositivos que reduzcan o supriman la emisión de pavesas.

- En el caso de encendido de equipos de gas, no podrán emitir humo o pavesas, y asegurar que no podrá provocar inflamación de la vegetación, ya sea por alcance o caída al suelo.

- En el caso de estacionamientos de vehículos en el campo, evitar el inicio y propagación de un posible fuego, utilizando aparcamientos despejados de vegetación o eliminar ésta mediante desbroce, siega, laboreo, etcétera.

Además de estas medidas generales están sujetas a declaración responsable, una serie de actividades y usos de maquinaria que pueden causar fuego o afectar al riesgo de incendio.

DECLARACIÓN RESPONSABLE / Las actividades de riesgo sometidas a declaración responsable son corte de metal con radial/amoladora, soldadura, motosierras y desbrozadoras manual (cuando trabajen en grupos de tres máquinas o más), grupos electrógenos, motores y bombas, percutores, ahoyadoras, cazos y análogos, desbrozadora de cadenas, martillos o cuchillas, gradas de discos, cuchillas, pala o trailla, tránsito y autocargadores, procesadoras y cosechadoras y segadoras.

Para tramitar las declaraciones responsables se puede acceder a través de la página http://www.infoex.info/ en el apartado de trámites en líneas.

El riesgo de incendio puede consultarse en esta página web o en la dirección del Sistema de Observación Copernicus:

http://gwis.jrc.ec.europa.eu/static/gwis_current_situation/public/index.html

Finalmente se advierte que es responsabilidad del operario en campo no iniciar o suspender la actividad cuando lo marque el índice de riesgo o por condiciones locales prevea riesgo de incendio y/o comprometa su seguridad y la de terceros.