La sentencia dictada en Cataluña vuelve a remover la polémica sobre un tema ya de por sí controvertido. ¿Deben los niños vacunarse para ir a la guardería aún cuando en España la vacunación no es obligatoria y depende de una libre decisión de los padres? La respuesta es sí, al menos en Extremadura. La región es la única comunidad que obliga a cumplir el calendario oficial de vacunaciones para admitir a los menores de tres años en las escuelas infantiles públicas, una medida que se lleva aplicando al menos desde el año 2012. En el caso de los centros privados no existe regulación específica, pero son muchos los que también optan por esta fórmula «para asegurar el bienestar de los menores».

Según explica la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, la medida se recoge en el artículo 13.b del decreto 39/2012 de Admisión del Alumnado de Primer Ciclo de Infantil, que establece que para los padres será «preceptivo» presentar en el centro elegido la documentación que acredite el estado de vacunación del menor y toda la información sanitaria que considere relevante. El texto va más allá y exige además a los progenitores «el compromiso formal de dar cumplimiento al calendario de vacunaciones».

De esta forma, Extremadura se convierte en la única región que establece el cumplimiento de todas las dosis incluidas en el calendario oficial como un requisito obligatorio al matricular a un alumno en una escuela infantil pública. En Castilla y León, Valencia, Navarra, Islas Baleares o la propia Cataluña sí es obligatorio presentar la cartilla, pero solo a título informativo. En otras, como Madrid, no se exige nada.

No existe una orden estatal que regule esta cuestión, de forma que el papel recae en los gobiernos autonómicos e incluso los propios centros (si son privados) o los ayuntamientos, como sucedió en la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 16 de Barcelona. En ella, la magistrada Laura Mestres Estruch defendía que al querer matricular al hijo no vacunado, los padres «olvidan los derechos de los demás, ya que entienden que su derecho a asistir a una guardería es superior al derecho a la salud del resto de niños».

CENTROS PRIVADOS

Aunque los centros privados quedan excluidos de la normativa autonómica (desde la Consejería de Educación y Empleo apuntan que como empresas privadas que son, ponen sus propias reglas), lo cierto es que son muchos los que obligan a cumplir con el calendario de vacunas para admitir a los alumnos. Uno de ellos es la escuela infantil El Rincón de Ia, situada en Mérida. El centro abrió sus puertas el 1 de julio de 2015 y actualmente tiene matriculados a 53 niños. Su directora, María del Castillo, explica que en estos cuatro años de andadura nunca han tenido que rechazar a ningún niño porque no estuviera vacunado.

«En una inspección de sanidad lo comenté. Me dijeron que en nuestra comunidad autonóma no era obligatorio que los niños estuvieran vacunados en los centros privados, pero que me aconsejaban pedir la cartilla de vacunación por si había alguna epidemia, para controlar a aquellos niños que estuvieran vacunados o para saber cual había sido la vía de contagio», explica. La directora reconoce que cuando pide la cartilla a los padres «les surge la curiosidad», pero una vez que les explica el motivo «dan la información sin pega alguna».

El tema es controvertido, pues aunque se exija en las guarderías, lo cierto es que la vacunación en España no es obligatoria y depende única y exclusivamente del criterio de los padres. Por ello en su sentencia, Maestres Estruch deja claro que no existe indicio de vulneración de libertad ideológica en el caso de Barcelona, dado que a la familia «no se le ha obligado en ningún momento a vacunar a su hijo», sino que simplemente se respalda la decisión de la guardería en pro de los derechos del resto de niños.

TASAS DE COBERTURA

Ante este escenario, desde la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta mandan un mensaje de tranquilidad a los padres, pues las tasas de cobertura que se han logrado en la región «rozan la excelencia». Entre los bebés menores de un año alcanzan el 96,62%, una cifra que baja hasta el 91% en el segundo año de vida y al 90% a partir de los cuatro. Estas tasas, según explica el doctor David Moreno, coordinador del Comité Asesor de Vacunas de la Asociación Española de Pediatría (AEP), «son de las más altas del país, e incluso se supera la media nacional en algunas vacunas como la del Papiloma Humano», que se suministra en la región a las niñas de 12 años.

Respecto al calendario vacunal que se sigue en Extremadura, el doctor Moreno reconoce que es «acorde al recomendado por el Ministerio de Sanidad pero mejorable, como ocurre en la mayoría de comunidades», pues no se financian las vacunas contra el rotavirus; el meningococo ACWY y B, o la del Papiloma Humano en varones adolescentes. Todas ellas están incluidas en el calendario de la AEP y los pediatras recomiendan a los padres la inmunización, pero de momento el Servicio Extremeño de Salud (SES) no tiene previsto incluirlas en su calendario.

Según explican desde la Dirección General de Salud Pública, «Extremadura sigue el único calendario vacunal oficial, que es el que se ha aprobado por las autoridades sanitarias y que está basado en la evidencia científica», de forma que cualquier cambio sustancial en el mismo seguirá las indicaciones que se tomen en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, donde están sentadas todas las autonomías.

De cara al 2019, el calendario extremeño no incluye cambios significativos más allá de reducir a una sola dosis a los cuatro meses la vacuna contra la meningitis C.