La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre que fue acusado de estafa por no devolver un préstamo de 90.000 euros porque no hubo "engaño suficiente" y el prestamista debió tener una "mínima y razonable prudencia" ante el "cúmulo" de antecedentes del presunto estafador".

La Sección Séptima de la Audiencia, en una sentencia explica que el denunciante J.A.M.L. prestó 90.000 euros en enero de 2005 al procesado M.M.G.C., pese a que en ocasiones anteriores le había prestado dinero que había recuperado con dificultades.

Además, el prestamista debió "extremar las precauciones" ante los intereses "rayanos en la usura" pactados, pues el acusado le prometió devolver el dinero con una ganancia adicional de otros 33.000 euros a los dos meses.

NOMBRE Junto a ello, en el documento privado de préstamo le ofreció como garantía, en caso de impago de los cuatro pagarés entregados, una vivienda en la barriada de Montequinto de Dos Hermanas (Sevilla), que en realidad no figuraba a su nombre en el Registro de la Propiedad, aunque el denunciante no comprobó dicho extremo.