El juzgado de lo Penal 1 de Almería absolvió a un hombre que maltrató a su pareja y a la hija de ésta, de 15 años, al considerar el juez que el estado de embriaguez en el que se encontraba cuando las agredió, algo que consideró probado, "le impedía reconocer" lo que hacía.

Según la sentencia a la que tuvo acceso Efe, el magistrado que presidió la sala en la que se enjuiciaron los hechos, por los que A.F.T.E. afrontaba una petición fiscal de veintiún meses de cárcel, consideró acreditadas sendas agresiones dado el testimonio "contundente, claro y sin contradicciones" ofrecido por una de las víctimas.

Tal y como consideró probado el juez, los hechos enjuiciados ocurrieron el 10 de junio de 2007 cuando, sobre las 8.00 horas y en el domicilio conyugal, el acusado, un ecuatoriano de 26 años, empezó a dar fuertes sacudidas a su compañera sentimental, por las que ésta sufrió lesiones que tardaron cinco días en sanar.

Ese mismo día, el acusado golpeó también a la hija de su pareja, una menor de 15 años que convivía con ellos, que precisó de asistencia sanitaria a consecuencia de las heridas que le causó el hombre. El magistrado, tal y como consta en el apartado de hechos probados, consideró al procesado autor de dos delitos de malos tratos "por su participación directa, materia y voluntaria en su ejecución".

No obstante, y a petición del representante de la defensa, el juez aplicó en este caso la circunstancia eximente completa de embriaguez a partir del testimonio ofrecido ante la sala por el hombre y por las denunciantes, que señalaron que éste había ingerido una gran cantidad de alcohol durante las horas previas a los hechos, circunstancia que "anuló totalmente" la capacidad de discernimiento del procesado.