El Pleno de Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) considera probado que Alfonso Rojo ha vulnerado el derecho al honor del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, pero ha reducido de 20.000 a 6.000 euros la indemnización que el periodista deberá pagar al político.

Así, el alto tribunal ha resuelto el recurso de casación interpuesto por Rojo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró vulnerado el derecho al honor de Iglesias, por las expresiones empleadas por el periodista en varios programas de televisión y en su cuenta personal de Twitter, refiriéndose al líder de la formación morada como «chorizo», «mangante» y «gilipollas».

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro José Vela Torres, el Supremo comparte el criterio de la Audiencia Provincial y establece que «el uso de términos insultantes es completamente innecesario para la crítica política» y añade que «no está justificado por el ejercicio legítimo de la libertad de expresión, que no ampara ninguna facultad para insultar, humillar y escarnecer, tampoco en el caso de que el destinatario del insulto ostente un cargo público.