La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo ha ordenado la "inmediata puesta en libertad" de Emilio Muñoz Guadix, condenado como autor del secuestro y asesinato de Anabel Segura en 1993 en la urbanización La Moraleja de Madrid. También en breve abandonará la prisión el asesino de la niña Olga Sangrador, de 9 años, Juan Manuel Valentín Tejero, condenado a 50 años en 1993, además de otros delitos de abusos. A ambos se le aplican la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre aplicación de la doctrina Parot.

Emilio Muñoz fue condenado a la pena de 42 años y 18 meses de prisión por un delito de asesinato y otro de detención ilegal. La liquidación de la condena se practicó el 26 de abril de 1999 fijando la extinción de la pena el 21 de septiembre de 2025.

Por auto de julio de este año se aplicó al penado la doctrina Parot, por lo que Emilio Muñoz Guadix no extinguiría su condena hasta agosto de 2022 pero ahora, al darse las condiciones para que esa doctrina no deba aplicarse, la Sala indica que la pena de prisión impuesta debe declararse ya extinguida.

La Audiencia de Toledo juzgó el caso de Anabel Segura tras hallarse el cuerpo entre los escombros de una antigua fábrica de cerámica de Numancia de la Sagra (Toledo) dos años después de que la joven madrileña hubiese desaparecido. En este caso, se acusó a Emilio Muñoz Guadix y a Cándido Ortiz, aunque el segundo murió en 2009 mientras cumplía condena.

Valentín Tejero fue condenado en septiembre de 1983 por escándalo público a cuatro meses y un día de arresto mayor, condena a la que siguieron otras tres por abusos deshonestos -la mayor de las tres a siete años y dos meses de prisión y tres meses de arresto en junio de 1987-. Y también fue condenado por violación a cuatro años de prisión menor y por abusos deshonestos a dos años y cuatro meses de prisión menor en junio de 1988.

En sentencia de 10 de septiembre de 1993, Valentín Tejero fue condenado por un delito de rapto a la pena de veinte años de reclusión menor y por un delito de asesinato a treinta años de reclusión menor -resolución referida a la muerte de Olga Sangrador en Villalón de Campos (Valladolid)-, que estableció como límite máximo de cumplimiento con arreglo al Código penal, la pena de treinta años para ambos delitos.

Todas estas sentencias son "firmes", se encuentran en fase de ejecución y han sido dictadas con anterioridad al 28 de febrero de 2006, fecha en la que se introduce por el Tribunal Supremo la conocida como 'doctrina Parot', explica el auto de la Sala Segunda de la Audiencia provincial vallisoletana.