Casi un año después de la vista celebrada en Don Benito en la que se juzgó el accidente ocurrido en las cercanías de Castuera en el que murieron cinco niños de Monterrubio de la Serena, hay pronunciamiento al recurso que presentó el abogado del acusado por aquel triste suceso. La Audiencia Provincial de Badajoz ha desestimado el recurso de apelación presentado por José Duarte, abogado del conductor de la máquina retroexcavadora implicada en el accidente de autobús contra la sentencia dictada en diciembre del pasado año por el juzgado de lo penal de Don Benito.

El pronunciamiento de la audiencia provincial confirma además la sentencia del juzgado de lo penal dombenitense, que, recordemos, condenaba a Fernando Fernández Morillo, conductor de la excavadora, a cuatro años de prisión por el accidente en el que murieron los cinco menores.

La Audiencia condena al pago de las costas no solo a la parte apelante, sino a las partes de responsables civiles por la adhesión al recurso. Recordemos que el Juzgado de lo Penal de Don Benito condenó a Fernando Fernández Morillo a cuatro años de prisión como autor penal de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y once delitos de lesiones por imprudencia grave.

Fernando Fernández Morillo era la persona que conducía la máquina retroexcavadora implicada en el accidente de mayo de 2014 ocurrido en las cercanías de Castuera en el que murieron cinco niños de Monterrubio de la Serena. El fallo dictado por la magistrada titular del citado juzgado, Beatriz Miranda, confirmaba en líneas generales las peticiones que hizo la Fiscalía, aunque absolvía a Fernández Morillo, único acusado en este caso, del delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos de drogas.

El fallo imponía al acusado la inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de seis años, pago de las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular y actor civil (la empresa del autocar).

En concepto de responsabilidad civil, el fallo condenaba al acusado a que abonase, de forma conjunta y solidaria con María José Ruiz González y Benito Ruiz González (los dueños de la excavadora), como responsables civiles subsidiarios y la compañía de seguros Caser como responsable civil directa a los representantes legales de los fallecidos en diversas cantidades que oscilan entre los 105.000 y los 143.000 euros para cada uno y a los heridos en el siniestro en cantidades que oscilan entre los 4.800 y los 35.000 euros, así como en otros 6.600 euros a la empresa del autocar.

HECHOS PROBADOS / La juez consideró probado que Fernando Fernández Morillo giró sorpresivamente la máquina retroexcavadora que conducía y embistió al autobús de los niños en el instante en que este vehículo se encontraba en paralelo realizando una maniobra de adelantamiento en su fase media final. Ese giro fue llevado a cabo por el acusado sin observar la mínima diligencia exigible a todos los conductores, y con una máquina que carecía de todo tipo de retrovisores desde hacía tiempo, se había retirado la pieza sobre la que se acoplan los espejos y los tornillos de sujeción. No portaba la señal V-2 (luminoso amarillo) ni la V-4 (limitación de velocidad a 40), tampoco la V-5 de vehículo lento. La magistrada consideró asimismo probado que el conductor del autocar había avisado con antelación de la maniobra de adelantamiento y ocupaba con prioridad el carril izquierdo.